Seguramente ya tengas una idea global sobre que son las retenciones; es una figura muy recurrente en muchos impuestos y, en el caso de los empresarios (sobre todo en PYMES), lo podemos ver comúnmente a la hora de facturar.
Por tanto, para que puedas gestionar correctamente tu empresa, cumplir adecuadamente con todas tus obligaciones con la administración y, no menos importante, facturar de la mejor forma posible, explicaremos en este artículo las retenciones.
- 1. ¿Cómo afectan las retenciones a nuestra facturación?
- 1.1. ¿Cuándo debo de retener IRPF en la factura?
- 1.2. ¿Cuánto se debe de retener?
- 2. ¿Qué tipos de retenciones existen y en qué se diferencian?
- 2.1. Otros supuestos donde se debe retener
¿Cómo afectan las retenciones a nuestra facturación?
Las retenciones pueden afectar mucho la forma en la que facturamos en determinados casos. Ante todo, esta obligación de facturar con retención aparecerá en el caso de que seamos autónomos.
Como veremos, no obstante, no todos los autónomos tienen la obligación de practicar retenciones en sus facturas. Asimismo, incluso siendo un trabajador por cuenta propia con el deber de retener, no siempre debemos de hacerlo.
¿Cuándo debo de retener IRPF en la factura?
Los autónomos tienen la obligación de retener cuando se han dado de alta, en los modelos 036 y 037, como profesionales autónomos. No obstante, cuando le facturamos a un consumidor final, persona física no comerciante, no debemos de incluir la retención.
Esto último es así dado a que las personas obligadas a ingresar a la hacienda lo retenido son otros autónomos y sociedades, pero en nigún caso las personas físicas que sean, como decíamos, consumidores.
¿Cuánto se debe de retener?
La cuantía de la retención experimentó una subida durante los momentos más duros de la crisis económica vivida en España; actualmente el nivel se encuentra en porcentajes "pre-crisis", es decir el 15%.
No obstante, podemos hacer una factura con retención del 7% el primer año que nos damos de alta como autónomos y los dos siguientes; esto aplica siempre que no hayamos estado haciendo otras actividades económicas previamente.
Es importante saber, además, que si el 70% o más de nuestras facturas las emitimos con retenciones, no debemos de presentar el modelo 130 del IRPF, cosa que puede simplificar mucho la gestión de nuestro negocio.
¿Qué tipos de retenciones existen y en qué se diferencian?
La rentención del IRPF para los autónomos profesionales, como decíamos, es una de las que más comúnmente vemos en el mundo de las PYMES. No obstante, existe otros momentos en los que existe también obligación de retener.
Seguramente si conoces el certificado de retenciones sabrás que se deben de practicar retenciones a los trabajadores asalariados, es decir por cuenta ajena, que tengamos empleados en nuestra empresa.
Otros supuestos donde se debe retener
Además de las retenciones que hacen los profesionales autónomos y los empleadores con sus trabajadores (sean los empleadores personas físicas o jurídicas), existen otros supuestos quizás menos conocidos.
Por ejemplo, en determinadas actividades agrícolas, premios ganados por juegos como concursos o aprovechamiento de montes forestales, aparecerá la figura de la retención. En estos casos, por cierto, es fundamental saber si existe o no la necesidad de presentar el modelo 111.
Si tienes dudas sobre la necesidad de hacer retenciones o no, en un determinado caso, o eres una empresa que recibe una factura con retención y no sabes como operar, también puede ser conveniente consultar con un asesor o experto fiscal.