Es importante que entendamos las diferencias entre las distintas relaciones laborales, pues dependiendo de ellos, pueden ser distintos los derechos y obligaciones que tiene el trabajador y el que lo contrata.
Por eso hablaremos un poco acerca de los tipos principales de relación laboral: el aslariado o trabajador por cuenta ajena y el autónomo o trabajador por cuenta propia.
- 1. Trabajar como asalariado o por cuentaajena
- 1.1. Particularidades del asalariado
- 2. Trabajar como autónomo o por cuentapropia
- 2.1. Particularidades del autónomo
Trabajar como asalariado o por cuenta ajena
Un trabajador por cuenta ajena, también llamado asalariado, es el típico trabajador en el que todos estamos pensando. Una persona que tiene un contrato laboral, que realiza una función o funciones determinadas y que recibe un sueldo concreto, mensual y normalmente en dinero.
Este tipo de trabajadores son llamados "por cuenta ajena" ya que dependen económicamente del empleador, o empresario que los contrata. Asimismo, también esta subordinado a él, es decir, existe una cierta jerarquía y recibe órdenes sobre que tareas realizar.
Particularidades del asalariado
Los asalariados tienen la protección más amplia del ordenamiento, sobre todo si los comparamos con los autónomos. Sus derechos están en el Estatuto de los Trabajadores, que también define con mayor exactitud quien es un asalariado y quien no lo es.
Esa distinción que parece obvia es, en algunos casos, difícil de hacer y es importante para saber que derechos tienen los empleados de una empresa.
En general, los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a no trabajar más de una determinada cantidad de horas a la semana, vacaciones, bajas por maternidad, a pedir la excedencia, a trabajar con garantías de seguridad, negociación colectiva, entre muchos otros.
Si eres quieres trabajar como asalariado, o quieres contratar a uno, recuerda que es importante conocer los derechos y obligaciones que tienen. Mucha gente los desconoce y eso puede traer problemas en la relación laboral.
Trabajar como autónomo o por cuenta propia
El autónomo, en puridad, es realmente algo muy distinto a un asalariado. Se trata de una persona que no depende económicamente de nadie, ni que tampoco está subordinado. Es una persona que con su propio trabajo y bajo su propio riesgo hace alguna actividad.
Suelen ser autónomos muchos pequeños empresarios, ya sea porque no pueden o no les conviene tener una sociedad o porque su profesión tiene cierta predisposición a trabajar por libre. En sentido estricto, no existe relación laboral porque uno mismo es el jefe y el empleado por decirlo de cierta forma.
También existe, desgraciadamente para algunos, el falso autónomo. Es una relación que debiendo ser laboral, no lo es, sino que es mercantil. No se hace un contrato de trabajo, y por tanto no hay asalariado. Dicho de otra forma, en vez de contratar al trabajador contratas unos servicios que los da una persona que consta como autónomo.
Particularidades del autónomo
El trabajador por cuenta propia no se regula en el Estatuto de los Trabajadores, sino en el Estatuto del Trabajo Autónomo. La razón principal de estar regulado en otro sitio es, como decíamos, que no existe una relación laboral. Quien antes era el empleador, ahora sería técnicamente un cliente del autónomo.
Por eso, si contratamos con un autónomo no tenemos que hacerle un contrato laboral y pagarle un salario; tenemos que hacer con él un contrato para que nos de sus servicios.
No obstante, el autónomo, aunque teniendo menos derechos y protecciones que el asalariado corriente, sí tiene algunos que vienen establecidos en su Estatuto. Sobre todo, se intenta defender al falso autónomo, muy utilizado por ciertas empresas para, por ejemplo, poder "despedir" más facilmente.
Si quieres ser un autónomo, no olvides que debes de llevar tus impuestos, como el IVA y lo que te corresponda pagar de IRPF, así que es aconsejable contratar a un asesor fiscal para que te ayude con esas gestiones.