Si eres un autónomo, o tienes tu empresa en forma de sociedad, y estás alquilando un inmueble para usarlo como oficiana o local debes de prestar mucha atención a este artículo.
- 1. ¿Qué es el modelo 115?
- 1.1. Obligados a presentar el modelo 115
- 1.2. Retenciones del alquiler
- 2. ¿Cómo y cuándo debo presentar el modelo 115?
- 2.1. Plazos de presentación
¿Qué es el modelo 115?
El modelo 115 es otro de esos modelos que debemos de presentar a la Administración por mandato legal, es decir, estamos obligados a presentarlo en determinados casos. Su propósito un función es la de liquidar retenciones por alquileres de biene inmuebles.
Tienes que tener claro que si tienes tu oficina o local en propiedad, es decir que lo has comprado o recibido por una donación o herencia, no deberás de utilizar este modelo. Solo se debe usar el modelo 115 si estás alquilando
Obligados a presentar el modelo 115
Como decíamos, tanto si eres autónomo como si tienes una sociedad (mercantil o civil) debes de presentar el modelo 115 en el caso de tener un inmueble alquilado para realizar la actividad.
No obstante, no estarás obligado a utilizar el modelo 115 si tienes el local u oficina con un arrendamiento financiero, es decir un leasing. Tampoco estarás en la obligación de presentar este modelo si quien te alquila (el arrendador) se dedica al negocio de alquileres (grupo de epígrafes 861) o si el inmueble es un alquiler que la empresa la da a un trabajador para usarlo como vivienda.
Finalmente, en el caso de que los inmuebles pagados a un mismo arrendador tampoco debemos de presentar el modelo si el valor anual pagado no supera 900 euros.
Retenciones del alquiler
Tal y como te puedes imaginar, el modelo 115 no es un mero trámite informativo; hay que pagar una retención que se aplica sobre el valor del inmueble. Esta retención deberá de ser del 19% al 2016 (nótese que cada año puede cambiar).
Ilustremos esto con un ejemplo. Si estamos haciendo la declaración mediante el modelo 115 tomaremos el valor del alquiler sin contar con los impuestos que se le apliquen al alquiler. Si ese valor es 1000, la base imponible será 1000 y la cuota a ingresar 190 euros (el 19% de la base imponible).
¿Cómo y cuándo debo presentar el modelo 115?
El modelo 115 debe de presentarse a la Hacienda de forma telemática. Para hacerlo, podemos utilizar nuestro DNI electrónico, certificado electrónico o utilizar el PIN 24 horas si lo tenemos.
Ingresamos a la página web de la AEAT y allí, en la sección de declraciones y tras ingresar con nuestros datos, podremos acceder al modelo. Veremos que realmente es muy sencillo de rellenar ingresando los datos ordenadamente.
Plazos de presentación
Como suele suceder en tema de retenciones, las que se hacen sobre los alquileres mediante el modelo 115 se deben de hacer de forma trimestral, es decir, cuatro veces por año.
Los meses en los que debemos de presentar son abril, julio, octubre y diciembre (cuidado, no enero como suele suceder con otros modelos). Ahora, como es habitual, se puede hacer durante los primeros 20 días de cada uno de estos meses, es decir, del día 1 al 20.