Conceptos basicos imprescindibles para profesionales autonomos

Si has pensando en convertirte en profesional autónomo es importante que tengas claros una serie de conceptos muy importantes. Los dejamos a continuación:

Alta de autónomo en la Seguridad Social

¿En qué consiste el alta de autónomo en la Seguridad Social?

Darse de alta como autónomo implica realizar una serie de trámites y gestiones en diferentes organismos públicos que deben realizarse con cierto orden. El primero de todos consiste en darse de alta en Hacienda y una vez que esa alta esté tramitada pasaremos a procesar el alta de autónomo en la Seguridad Social. 

¿Estoy obligado a procesar el alta de autónomo en la Seguridad Social?

Según indica la normativa, se debe incluir en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) toda aquella persona con edad superior a los 18 años que realice de forma habitual, personal y directa una actividad económica lucrativa sin contrato de trabajo. 

De esta forma, cualquier persona que realice una actividad independiente con regularidad debería darse de alta como autónomo sin atender a afirmaciones que circulan por la red que hacen referencia a la necesidad de cubrir cierta cantidad ingresada anual o al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Estas condiciones son independientes y lo recomendable es darse de alta para realizar cualquier actividad profesional de manera legal, fiscalmente hablando.

¿Qué es la base de cotización?

EL sueldo de un profesional autónomo suele ser variable cada mes pero la Seguridad Social necesita tener un importe de referencia a partir del cual se calculará la cuota de autónomo específica. Es la llamada base de cotización.

La base mínima de cotización disponible es 875,70 euros y la máxima es de 3.597 euros. 

Cuota mensual de autónomo, ¿Cuánto voy a pagar?

Existen algunos condicionantes que influyen en la cuota mensual final que paga cada profesional autónomo, como por ejemplo, la edad, la actividad, la ciudad o comunidad autónoma en la que se desarrolle la actividad o, incluso, el hecho de que ya hayas sido autónomo en etapas anteriores o la cobertura sanitaria elegida.

En el momento que indiques los datos citados en el párrafo anterior y elijas una base de cotización, la Administración estará habilitada para darte una cifra aproximada de la cuota mensual de autónomo que te corresponderá ingresar.

Cobertura Sanitaria para autónomos

El profesional autónomo debe decidir entre la cobertura sanitaria a cargo de una mutua de accidentes de trabajo o del INSS (instituto Nacional de la Seguridad Social). Pues bien, estas coberturas influyen en la cuota mensual resultante que se pagará como autónomo de la siguiente forma:

-Contingencias Comunes: es la cobertura mínima y supone el 29.90% de la base de cotización. Cubre bajas temporales por enfermedad común o por accidentes no laborales.

-Contingencias Profesionales: no existe un porcentaje fijado para esta contingencia sino que depende del tipo de actividad desarrollada por el autónomo. Incluye accidente laboral y enfermedad profesional.

-Protección por cese de actividad: es una cobertura optativa que cubre el riesgo de cese de negocio por algún motivo y que supone un incremento en la cuota mensual de autónomo de solo un 2,20%. Es muy recomendable puesto que asegura la posibilidad de poder cobrar una prestación por desempleo pero solo se puede acceder a ella en el caso de haber cotizado 12 meses. La parte negativa: solo da derecho al cobro de 2 meses de prestación.

Alta de Autónomo en Hacienda

El alta en Hacienda es el primer paso que debe dar cualquier persona que quiera registrarse como autónomo. De hecho, no se puede cambiar el orden de los trámites de alta e ir primero a registrarse en la Seguridad Social dado que este organismo recoge los datos de la Agencia Tributaria para poder gestionar el alta en su propio organismo.

Pues bien, el alta de autónomo en Hacienda es muy sencilla. Se trata de presentar el modelo 036 ó 037 siendo el primero el más común de los dos. Se trata del modelo a partir del cual se cursa el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y te contamos a continuación todos los detalles acerca del trámite:

Dónde y cuándo presentar el modelo 036

El modelo 036 se presenta en la delegación de Hacienda que te corresponda en base a tu domicilio de residencia y se debe presentar antes de comenzar a desarrollar tu actividad profesional independiente y de comenzar a realizar facturas, por supuesto.

También puede tramitarse vía PIN24horas, certificado electrónico o correo certificado.

 

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